Compartimos los requisitos para convertirse en un socio oficial de la UNESCO. En particular, las organizaciones no gubernamentales (ONG) son socios potenciales para una organización intergubernamental como la UNESCO.

A través de estas asociaciones, la UNESCO busca garantizar una mayor eficiencia en sus acciones, de acuerdo con las aspiraciones de ciudadanía y con miras a construir una gobernanza mundial democrática y equitativa.

¿Por qué asociarse con una ONG?

La UNESCO tiene como objetivo asociarse con organizaciones de la sociedad civil para garantizar una mayor eficiencia en sus acciones, de acuerdo con las aspiraciones de la ciudadanía y con miras a construir una gobernanza global democrática y equitativa.

Las organizaciones no gubernamentales (ONG), como plataformas para un fuerte compromiso civil, son socios cruciales para una organización intergubernamental como la UNESCO. Ayudan a concentrarse en recursos en relación con su mandato y ventajas comparativas, y actuar globalmente mientras al mismo tiempo vinculan lo global con lo local.

La combinación de experiencia y recursos con las ONG permite a la Organización:
crear alianzas estratégicas; mejorar la eficiencia y eficacia de la implementación de programas/actividades; fortalecer la visibilidad y el impacto de su acción y presencia, a nivel mundial, regional y a nivel nivel de país; reforzar la implementación y seguimiento de sus marcos normativos; mejorar su capacidad para llegar a todos los segmentos de la sociedad que deberían ser beneficiarios de su acción y, multiplicar los efectos de las acciones de la UNESCO.

Elegibilidad

Cualquier ONG internacional, regional, nacional o local puede convertirse en un socio oficial, siempre que sus propósitos, funciones, estructura y funcionamiento sean de carácter no gubernamental, democrático y sin ánimo de lucro. En términos generales, la ONG debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Participar en actividades en uno o más ámbitos específicos de la competencia de la UNESCO, en un espíritu de cooperación, de tolerancia y de solidaridad, en interés de la humanidad y en el respeto de las identidades culturales;
  • Tener un estatuto jurídico reconocido, una sede establecida y regirse por estatutos adoptados democráticamente;
  • Existir y llevar a cabo actividades durante al menos dos años en el momento en que solicite el establecimiento de una asociación.

Tipos de asociación

  • Consultiva, concebida para establecer y mantener asociaciones flexibles y dinámicas en los ámbitos de competencia de la UNESCO a cualquier nivel, y
  • Asociada, abierta a organizaciones internacionales o regionales que hayan mantenido una asociación continua y eficaz con la UNESCO durante al menos dos años.

Más información:

Consulta detalles, visitando el sitio oficial del oferente, AQUÍ.